Pero afortunadamente y gracias al buen trabajo jurídico de APADEVI, se están consiguiendo grandes avances, aunque de momento sea con un duro trabajo a base de recursos a las Audiencias Provinciales.


El Juzgado lo calificó como delito leve de abandono y señaló fecha para la vista.
La abogada María Girona alegó en la vista que debía suspenderse ya que estaba pendiente de resolución su recurso en el que solicitaba que los hechos se consideraran delito de maltrato y no delito leve (falta) de abandono y todo ello, como suele ser habitual, con la oposición del Fiscal, a pesar de lo cual nuestra abogada consiguió que se suspendiera.
El juzgado desestimó el recurso y trató de archivar el caso alegando que no había autor conocido, pero APADEVI lo elevó en apelación a la Audiencia Provincial, la cual ahora le da la razón y dispone que hay que tramitarlo como delito de maltrato y no delito leve de abandono.
Es lamentable que sea necesario que un abogado especialista esté luchando contra el sistema, ya que debería ser tramitado de oficio con la acusación del fiscal, en lugar de estar en contra, como suele hacerlo y que los jueces archiven la mayoría de casos de maltrato animal.
Nos gustaría llegar a más Audiencias y a más casos, pero nuestros medios son escasos, pero SOLO CONDENANDO EL MALTRATO SE PODRÁ COMBATIR LA CRUELDAD SOBRE LOS ANIMALES.
GRACIAS A LAS PERSONAS QUE COLABORAN CON APADEVI GRACIAS A LAS CUALES ESTOS ÉXITOS SON POSIBLES.
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El Juzgado nº 5 de Jerez de la Frontera calificó como delito leve la muerte de Yako y además no enjuiciaba la muerte anteriormente de otra perrita presuntamente en las mismas circunstancias: Canela.
La asociación APADEVI solicitó la suspensión del juicio señalado como delito leve, ya que la muerte de Yako y Canela es delito y no delito leve, por lo que recurrió a la Audiencia Provincial para que fuera calificado como delito y además que se acusara por los dos perros.
La Audiencia de Cádiz, por segunda vez, ya que la primera vez fue por el archivo del caso Chocolate, vuelve a dar la razón a APADEVI en otro brillante Auto que revoca la calificación como delito leve DE LOS DOS PERROS (Yako y Canela) y ordena instruir Diligencias Previas por delito de maltrato animal con resultado de muerte.
AHORA COMIENZA UNA DURA INSTRUCCIÓN PARA PODER CONDENAR AL CULPABLE POR LA MUERTE DE YAKO Y CANELA.
Estas resoluciones son una bocanada de aire en esta dura lucha jurídica contra el maltrato animal.
Adjunto el Auto:
Como de costumbre no faltaron obstáculos. En un primer lugar no nos permitían personarnos porque alegaba el Juzgado que había pasado el momento procesal de personarnos. La abogada lo recurrió y lo ganó, por lo que pudo personarse.
Posteriormente se tramitó como delito leve de abandono, pero finalmente María Girona ha conseguido que se condene al responsable como autor de un delito de maltrato animal.
La condena ya es firme tras haber recurrido el culpable a la Audiencia Provincial y haberlo ganado María de nuevo en esa instancia.
Lamentablemente el Código Penal establece condenas irrisorias para estos delitos y si no concurren agravantes se impone la pena mínima establecida en el art. 337, es decir, 3 meses de prisión.
También se le impuso al culpable la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales durante un año
La lucha a veces merece la pena a pesar de lo agridulce de la poca condena establecida en nuestra ley penal, pero al menos esta persona tendrá antecedentes penales.
Desde luego nos opondremos a que la condena sea suspendida y pediremos que cumpla los tres meses de prisión, a pesar de que será muy difícil conseguirlo, dado de nuevo lo establecido en nuestras leyes penales.
Y LO MÁS IMPORTANTE, el final más feliz: EL PERRITO ESTÁ FELIZMENTE ADOPTADO. TODO VALIÓ LA PENA.
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El perro Rocky, abandonado por su propietaria durante más de 4 meses en su piso de Sevilla, y que sobrevivió bebiendo agua del váter, ha sido archivado.
Rocky sufrió desnutrición severa, lo cual constituye el delito de maltrato animal y no de delito leve de abandono.
Por ello, APADEVI ha recurrido el archivo y la transformación en delito leve, elevando el recurso a la Audiencia Provincial en Apelación si la propia juez no nos estima el primer recurso de Reforma.
Por esta razón HAY QUE PERSONARSE CON ABOGADO Y PROCURADOR EN LAS DENUNCIAS, ya que NI POLICÍA NI FISCALÍA HAN RECURRIDO EL ARCHIVO NI LA TRANSFORMACIÓN EN LEVE, por lo que de no presentar APADEVI el recurso, el caso Rocky habría sido otro de tantos que muere en el archivo.
Adjunto cabecera de los escritos
Recurso reforma sub apelacion Rocky
La Audiencia Provincial dio la razón a APADEVI y reabrió el caso de Chocolate, el perrito brutalmente asesinado, por lo que esta asociación ha conseguido sentar en el banquillo como investigados (imputados), tanto el propietario como el poseedor del animal.
Al final de este post he colgado la citación de los imputados.
Con independencia del resultado del procedimiento, ya es una satisfacción que en lugar de estar tan tranquilos en su casa, pasen al menos por la pena de banquillo.
El 30 de octubre la letrada de APADEVI María Girona, tendrá que desplazarse desde Madrid a Chiclana de la Frontera (Cádiz), para asistir a esas declaraciones.
Como sabéis, APADEVI no tiene subvenciones y tan solo cuenta con las aportaciones de personas que nos apoyan.
Tan solo presentar denuncia no conlleva gastos, pero APADEVI no solo presenta denuncia, como hacen la mayoría de asociaciones, sino que además se persona con abogado y procurador en los procedimientos judiciales, lo cual ya sí conlleva gastos de procurador, fianzas, desplazamientos, informes, etc.
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14-9-18 citacion declaraciones imputados